EVALÚAN VACANCIA DE ALCALDE DE LA JOYA

A pesar de recibir una sentencia condenatoria a finales del año pasado, Cristhian Cuadros Treviño se mantiene en la alcaldía de La Joya. Frente a ello, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha solicitado al concejo edil un pronunciamiento contestando a la sanción contra Cuadros. El JNE envío la sentencia a la Corte Superior de Justicia de Arequipa esperando una documentación que exprese su decisión al respecto.

Aunque esa última acción ocurrió en septiembre, no se ha fijado una fecha para abordar este asunto. La entidad electoral ha advertido con remitir la documentación a la Junta de Fiscales Superiores para evaluar la conducta de las autoridades e iniciar procesos de investigación. Lo que podría resultar en la inhabilitación de los responsables, según el JNE. De acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades, el cargo de alcalde o regidor se suspende por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso.

En la actualidad a más de un año de las elecciones municipales celebradas el 25 de octubre de 2022, la Primera Sala Penal de Apelaciones declaró infundado el recurso de apelación presentado por Cuadros Treviño y confirmó la primera sentencia contra el burgomaestre. El 2 de diciembre de 2021, el Cuarto Juzgado Unipersonal, a cargo del magistrado René Castro Figueroa, declaró a Cuadros autor del delito ambiental por el incumplimiento de las normas sobre el manejo de residuos sólidos.

No hizo caso a las exhortaciones del Ministerio Público para que no dispusiera basura en el sector denominado como Palca, a dos kilómetros de La Joya. En su lugar, solicitó que se destinara la disposición de residuos al botadero controlado de Quebrada Honda de Yura. Estos pedidos fueron realizados en 2014 y 2016, y según la Fiscalía Ambiental, la gestión de Cuadros en La Joya (2015-2018) tenía pleno conocimiento.

Como resultado, se le impuso una pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por 1 año y cuatro meses, además de estar sujeto al cumplimiento de reglas de conducta, como no cometer otro delito doloso, no cambiar de domicilio y dar cuenta de sus actividades, entre otras condiciones. En caso contrario, se revocaría la suspensión y el burgomaestre debería cumplir la sanción en un penal del INPE. También se le inhabilitó para obtener algún cargo de carácter público por el mismo plazo y se le impuso el pago de una reparación civil de S/10,000. Sin embargo, la sanción se cumpliría en febrero de 2024, en cuatro meses más.

Por: Renzo Patiño

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