MINSA AMPLIÓ A 434 LOS MEDICAMENTOS GENÉRICOS OBLIGATORIOS EN FARMACIAS
El Ministerio de Salud amplió de 40 a 434 la lista de medicamentos genéricos que deben tener las farmacias. Esto se comunicó mediante la Resolución Ministerial 220-2024/Minsa, la cual indica que las boticas y farmacias tienen la obligación de cumplir con ello.
Esta medida resaltada en el Decreto de Urgencia N° 005-2024, busca beneficiar a la población con un mayor acceso a medicinas de calidad a precios más bajos. La lista ampliada abarca 278 productos, considerando diferentes presentaciones y gramajes.
Todas las farmacias y boticas estarán obligadas a contar con un stock mínimo del 30% de cada uno de los medicamentos genéricos incluidos en la lista. La resolución no implica que las farmacias deban ampliar su oferta total de medicamentos, sino que se enfoca en garantizar la disponibilidad de los genéricos más necesarios.
La lista ampliada responde a las enfermedades más comunes por grupo de edad y las más atendidas en los establecimientos de salud. Abarca 28 grupos terapéuticos, incluyendo antiinfecciosos, oncológicos, medicamentos para afecciones cardiovasculares, de la especialidad de salud mental, para el dolor, entre otros.