Personas que no acaten la inmovilización social obligatoria serán llevadas a centros de retención temporal
El Gobierno dispuso la implementación de centros de retención temporal para la identificación de los intervenidos por infringir las reglas sanitarias y la inmovilización social obligatoria, los cuales estarán a cargo de la Policía Nacional del Perú en coordinación con los gobiernos locales y regionales, quienes dispondrán de los locales con carácter temporal, debidamente habilitados.
En el Decreto Supremo en el cual se prorroga el Estado de Emergencia por 28 días a partir del 1 de febrero “por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19” se precisa, además, que en estos centros se contará con la participación del personal del Ministerio de Salud, para el triaje y descarte correspondiente.
Durante la inmovilización social obligatoria, las personas que incumplan las medidas sanitarias y las establecidas en el Estado de Emergencia serán intervenidas y conducidas por la Policía Nacional del Perú y/o por las Fuerzas Armadas a los centros de retención temporal. Los infractores no podrán permanecer en estos centros por más de cuatro horas.https://1b7a2dc7ba68d65c50af9316694b7e1e.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-37/html/container.html
Asimismo, se señala que los infractores a las disposiciones del Estado de Emergencia que no hayan cumplido con pagar la multa impuesta por las infracciones cometidas estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado; así como, de ser beneficiarios de cualquier programa estatal de apoyo, salvo que exista causa justificada en estos casos.
