MINSA BRINDA ACLARACIONES IMPORTANTES SOBRE LEY DE MEDICAMENTOS GENÉRICOS

Después de que la presidenta de la República, Dina Boluarte, ratificara la ley aprobada el 9 de mayo pasado por el Congreso, que fomenta el empleo y acceso a medicamentos genéricos, el Ministerio de Salud (Minsa) proporcionó detalles adicionales para evitar malentendidos.

A través de un comunicado compartido en sus plataformas de redes sociales, el Minsa recalca que la ley no establece una obligación para que las farmacias y boticas dispongan de los 434 medicamentos esenciales, sino que, de los medicamentos que venden y que están incluidos en el listado oficial, deben tener al menos un 30% en forma genérica.

En otras palabras, si una botica o farmacia, de la lista de los 434 medicamentos, determina que ofrece 100 de estos, debe asegurar que el 30% de esos 100 sean genéricos. Por lo tanto, la supervisión realizada por el Minsa se basará únicamente en esa cantidad.

Además, se aclara que, según lo estipulado en el texto de la Ley, las personas físicas o jurídicas clasificadas como microempresas no están sujetas a esta exigencia ni a las sanciones asociadas, lo que significa que las pequeñas farmacias y boticas no se verán perjudicadas por esta disposición.

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